Situación epiléptica confirmada por registro electroencefalográfico en la que hay una alteración persistente en el tiempo en el estado de alerta, grado de consciencia, del comportamiento, anomalías vegetativas o síntomas meramente subjetivos (auras) sin movimientos convulsivos mayores.
Clásicamente se establece estatus epiléptico (EE) cuando presenta una duración mayor o igual de 30 minutos. Sin embargo, se considera a cualquier actividad epiléptica mayor de 5 minutos una emergencia neurológica, con lo que hay que iniciar el tratamiento de estatus epiléptico, ya que el daño cerebral depende del tipo y de la duración de la crisis epiléptica.
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