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El contacto piel con piel forma parte de la práctica clínica habitual en todos los protocolos de atención al parto normal. Cuando está indicado, debe hacerse sin interrupciones durante 1-2 horas

Contacto piel con piel (1)

Se denomina contacto piel con piel precoz (CPP) a la colocación del recién nacido, en decúbito prono, desnudo, sobre el abdomen y el pecho desnudo de su madre o padre (piel con piel), inmediatamente tras el parto.

El fomento de esta práctica y la no separación madre-hijo está contemplada en las recomendaciones y los derechos de ambos a nivel nacional e internacional.

Se recomienda:

  • RN: mantenerlo sin interrupciones y de manera segura durante 1-2 horas o hasta que se complete la primera toma y finalice el periodo de alerta tranquila.
  • Puede realizarse sin restricciones si:
    • Es un RNT o RNP tardío (35-37 SEG).
    • El líquido amniótico es claro.
    • Respira o llora sin dificultad.
    • Presenta un buen tono muscular.
  • Establecimiento del vínculo y adaptación posnatal.
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